Hipoteca Vivienda CajaSur, es una excelente oportunidad para que puedas tener la casa que siempre soñaste. Con este tipo de préstamo hipotecario, la entidad busca financiar tus necesidades.
Se caracteriza por ser un préstamo hasta 40 años de plazo según tu edad actual. CajaSur te ofrece siempre la solución de financiación en vivienda que mejor se adapte a tus deseos.
Fue diseñado para aquellas personas que busquen la Adquisición o rehabilitación de vivienda. A continuación mencionaremos las ventajas:
- Tú eliges tus condiciones con el asesoramiento en todo momento del equipo de profesionales
- financiación de pagos a realizar durante la construcción a tu medida, con garantía personal o hipotecaria
- importe máximo: hasta el 80% del valor de tasación o del contrato de compra/venta, el menor de los dos.
- flexibilidad en la forma de pago
- podrás pagar tus cuotas mensualmente (indicando el día que prefieras del mes)
- con el sistema de amortización que mejor se adapte a tus necesidades
Características generales de la Hipoteca Vivienda:
- importe máximo: hasta el 80% del valor de tasación o del contrato de compra/venta, el menor de los dos.
- plazo: hasta 40 años según tu edad actual
- sistema de amortización: cuota constante
- tipo de interés inicial personalizado
- resto del período: revisión de tipo de interés en función de la permanencia y vinculaciones de los titulares con CajaSur
En lo que respecta a Comisiones puede aprovechar:
- comisión de estudio: 0,00%
- comisión por amortización anticipada: 1%
- comisiones de desistimiento:
- parcial: 0,5% 5 primeros años, 0,25% resto del plazo.
- total (cancelación): 0,50% 5 primeros años; 0,25% resto del plazo
Para poder acceder al crédito debe presentar:
- documentos identificativos: DNI, NIE, pasaporte…
- documentos económicos: Nóminas y declaración del impuesto sobre la renta
- documentos relacionados con la vivienda: contrato de compra-venta
Recuerde que dicho préstamo lo puede contratar para:
1.Adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual, supuesto objeto de análisis en el presente documento.
2.Construcción o ampliación de la vivienda habitual.
3.Cantidades depositadas en cuentas vivienda.
4.Cantidades satisfechas en concepto de obras e instalaciones de adecuación de la viv. habitual por razón de minusvalía
Condiciones y Requisitos
I. La adquisición o rehabilitación deberá recaer sobre la vivienda habitual; para que tenga tal carácter se exige
que la vivienda constituya la residencia del contribuyente durante un plazo continuado de, al menos, tres años.
II. La base máxima de deducción es de 9.040€ anuales; este límite se aplicará en idéntica cuantía en tributación
conjunta. El eventual exceso de las cantidades invertidas sobre dichos importes no puede trasladarse a ejercicios
futuros.
Cuando la adquisición o rehabilitación se realicen con financiación ajena formarán parte de la base de la
deducción tanto la amortización del capital como los intereses y demás gastos derivados de dicha
financiación.
Dentro de estos últimos pueden citarse, entre otros, los siguientes:
1. El coste de los instrumentos de cobertura del riesgo de tipo de interés .
2. Las primas de los contratos de seguro de vida y de incendios, siempre que estén incluidos en las condiciones de los
préstamos hipotecarios obtenidos para la adquisición de la viv. habitual.
III. La aplicación efectiva de la deducción está condicionada a que el importe comprobado del patrimonio del
contribuyente al finalizar el período impositivo exceda del valor que arrojase su comprobación al comienzo del mismo al
menos en la cuantía de las inversiones realizadas, sin computar los intereses y demás gastos de financiación